top of page

Tasas ANMaC 2023-2024 - Armas



La Resolución 204/2022 introduce varios cambios en relación a las tasas que venimos acostumbrados a abonar para cambiar por estampillas y pegar nuestros trámites entrando en vigencia a partir del 01 de febrero de 2023.


Debemos tener en cuenta que la actual grilla de aranceles data del 2010 y no ha venido siendo actualizada por lo que es de destacar el artículo 5 de la presente Resolución en dónde se le da un valor base inicial de PESOS MIL ($1.000) para determinar el valor de los formularios, trámites y multas otorgándole la potestad a la Agencia Nacional de Materiales Controlados de actualizar anualmente esta suma, observando los Indices de Precios al Consumidor que aporta el Instituto nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC); por lo que todos los años se adecuarán los valores de las tasas.


Se establecen montos máximos para multas por violación de las prohibiciones o incumplimientos de las obligaciones que establecen la Ley Nº 20.429 y su reglamentación, en la siguiente escala:

  • PESOS TRES MILLONES ($3.000.000): Usuarios comerciales, industrias, fábricas, entidades financieras, empresas de transporte y logísticas, minas, obras, importadores, exportadores o responsables comerciales o colectivos o toda persona humana o de existencia ideal alcanzada por la competencia de las leyes 20.429, 24.492, 25.449, 25.938, 26.138, 26.216, 26.971, sus modificatorias, complementarias y normativa relacionada, así como también las que en un futuro se dicten al respecto.

  • PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000): Particulares y usuarios individuales.

También así, se aprueba el "INSTRUCTIVO DE SANCIONES PECUNIARIAS DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS”, identificado como IF-2022-135479158-APN-ANMAC#MJ - ANEXO III y las especificaciones técnicas, el modelo de diseño y formato de las estampillas designados como Formulario Leyes N° 23.283 y 23.412, identificado como IF-2022-134868231-APN-DA#ANMAC - ANEXO IV.



Veamos ahora, las principales tasas vigentes a partir del 01 de febrero de este año:


ANEXO I - Armas y Blindados

Credencial de Legítimo Usuario

$5.000

Tenencia de Arma

$10.000

Tarjeta de Consumo por Calibre

$8.000

Portación - Usuarios Colectivos

$60.000

Portación Simple - Individuales

$30.000

Portación Múltiple - Individuales

$60.000

Tenencia de Vehículo Blindado

$100.000

Tenencia de Chaleco Antibalas

$20.000

Insc. o Reinsc. de Usuarios Comerciales Varios

$200.000

Insc. o Reinsc. Agencias, Caudales, Entidades Financieras y Empresas

$100.000

Ampliación de Ámbito y Tipo de Material

$100.000

Cambio de Denominación, Cambio de Domicilio y Pago de Tasa Anual

$20.000

Baja de Legajo

$30.000


Ponete en contacto con nosotros para más información .



Te invitamos a que nos sigas en nuestras redes



Déjanos un Comentario en Google: https://g.page/r/CQo0hdXrqtgXEAI/review?kd

Comments


Featured Posts

Recent Posts

Archive

Search By Tags

Follow Us

  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
RSS Feed
bottom of page